La Gestión de los Riesgos genera estabilidad financiera

Bank Magazine Septiembre 2011

Por Lic. Zenón Biagosch y Cdor. Fernando Di Pasquale – Presidente y Director, respectivamente de FIDESnet

El pasado 23 de mayo el Banco Central de la República Argentina (BCRA) emitió la Comunicación “A” 5203 estableciendo los lineamientos para que las entidades financieras cuenten con un proceso integral de gestión de riesgos, el cual deberá estar implementado a partir del dos de enero de 2012.

Previamente o cuasi en paralelo emitió la Comunicación “A” 5201 sobre Gobierno Societario, en la cual estableció, entre otras responsabilidades, que el Directorio y la Alta Gerencia, son quienes deben identificar, evaluar, seguir, controlar y mitigar todos los riesgos significativos que asume una entidad financiera en el desarrollo de su negocio. Para ello debe considerar especialmente las características particulares de cada entidad (dimensión) y la complejidad de sus operaciones.

Todo este proceso de gestión de los riesgos requiere la implementación de un mecanismo de revisión y actualización periódico, acorde con los cambios que experimente cada entidad en su perfil de negocios y actividades, así como el entorno en el que se desenvuelve.

Puede afirmarse que ambas normas son trascendentes ya que la administración de riesgos por parte del “Gobierno Societario” es el “core” de la actividad bancaria. A diferencia de otros negocios, la industria financiera contiene un riesgo inherente muy alto, es por ello que son y deben estar más reguladas y fiscalizadas. No es lo mismo que en otras actividades en las cuales no se administran los ahorros de una Sociedad.

Prestar fondos implica “riesgo de crédito”, tomar recursos a corto y prestarlos a largo supone “riesgo de liquidez y de tasa de interés”, y si lo prestan y lo toman en distinta moneda representa “riesgo de moneda”. Comprar y vender activos financieros (públicos y privados) es “riesgo de mercado”; y como si esto fuera poco en los últimos años apareció un nuevo concepto de riesgo: “operacional”.

Nos detenemos en este último, por cuanto es el riesgo de pérdidas para la entidad que resulta de las fallas en los procesos internos, de la actuación del personal, de falencias tecnológicas o bien de aquellas que resultan de algún evento externo.

Muy importante es el desafío que las entidades tienen hacia adelante respecto de este nuevo concepto, dado que deberán evaluar sus vulnerabilidades ante distintos eventos para así comprender mejor su perfil de riesgo operacional.

Vale la pena detenerse unos instantes respecto de lo que establecen estas normas para tomar conciencia que, las grandes fallas del sector financiero en lo que respecta a la buena y sana práctica de la gestión de los riesgos fueron parte de las causas de muchas crisis financieras y en particular de la actual crisis internacional.

Siempre que entramos en crisis, tanto local como internacional, reconocemos que existió una deficiente gestión del riesgo de crédito, por ejemplo niveles inadecuados de exposición (concentración de los créditos ya sea al sector público como al privado), políticas expansivas de otorgamiento de créditos y la consecuente la probabilidad de default de los deudores (v.g. subprime) y la falta de elementos de cobertura (v.g. garantías, seguros).

Generalmente ante la falta de cancelación de los créditos, deviene una situación de iliquidez, en donde hay dos factores que juegan un rol relevante: la disponibilidad de fondeo (a costo razonable) y la presencia de mercados secundarios para poder descargar una parte de los activos en cartera. No menor es la función que aquí empiezan a cumplir los prestamistas de última instancia.

Sin entrar en detalle respecto de una inadecuada administración del resto de los riesgos, está claro que el relajamiento de la medición de los riesgos resulta un costo muy elevado para los sistemas financieros destruyendo la confianza por parte de la sociedad.

El G20 reconoce que una de las causas de la crisis iniciada en el 2008, según surge del punto 13 del documento emitido luego de su reunión en Londres en abril de 2009, fue que existió una excesiva flexibilización de las regulaciones y una relajación en materia de supervisión.

Lo reconocido por el G20 más cuestiones de índole ética relacionadas con los gobiernos societarios de las entidades, quienes tuvieron objetivos meramente especulativos, buscando constantemente resultados financieros cada vez más desmedidos, terminaron en lo que hoy está sucediendo a nivel mundial. Es por ello que consideramos muy acertado el establecimiento de políticas públicas relacionas con las normas que en mayo pasado ha dictado el BCRA.

Una de las tantas herramientas para evitar las crisis, es impartir este tipo de normas prudenciales como las establecidas por el BCRA (5201 y 5203) que, si se refuerzan con una efectiva supervisión, contribuirá a que el negocio futuro del sector financiero argentino continúe en crecimiento, logrando mayor eficiencia y por ende más  estabilidad, permitiendo que, en el caso que esto sea sostenible en el tiempo, se cubran las necesidades de empresas y ciudadanos.

Retomando la Comunicación “A” 5203, muy novedosa es la incorporación en la normativa bancaria, la Sección 7 “realización de pruebas de estrés” definiendo a estas pruebas como la evaluación de la posición financiera de una entidad en un escenario severamente adverso pero posible. No es ni más ni menos que una herramienta de medición de riesgos que permite, a su vez, realizar una adecuada planificación de capital y liquidez bajo distintos niveles de tolerancia del riesgo y, que facilita el desarrollo de planes de contingencia mitigando los riesgos ante situaciones de estrés.

En esta sección en particular vuelve el BCRA a resaltar las responsabilidades del Directorio y la Alta Gerencia (Gobierno Societario), estableciendo que estas pruebas deben ser parte integral de la cultura del gobierno societario y de gestión de riesgos, cuyos resultados deben incidir en la toma de decisiones del nivel gerencial incluyendo las decisiones estratégicas de negocios del Directorio, dejando explícitamente planteado que es éste cuerpo colegiado el encargado hacer implementar y supervisar las pruebas mencionadas.

A partir de estas normas, al cumplir y hacer cumplir estas responsabilidades los Directores y Alta Gerencia de las entidades son determinantes para el futuro del sistema financiero argentino.

Podemos afirmar que, Sistemas Financieros sanos y confiables, administrados y supervisados en forma responsable con conocimiento de los riesgos a los cuales se exponen y a través del desarrollo de las herramientas para poder mitigarlos, constituyen la base esencial para lograr la Estabilidad Financiera, pilar del desarrollo económico sustentable de la nación.