EJERCICIOS DE AUTOEVALUACIÓN DE RIESGOS DE LA Y FT – SUJETOS OBLIGADOS CON VENCIMIENTOS EN 2020

Mg. Guillermo Zocco Vidal Esta columna describe las obligaciones que tendrán diferentes sujetos obligados en relación a la autoevaluación de riesgos de LA y FT.

El próximo 30 de abril las entidades del sistema financiero, los agentes del mercado de capitales y los operadores del sector de tarjeta de crédito y compra deberán tener concluidos sus ejercicios de autoevaluación de riesgos en materia de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo, también llamados ´Matriz de Riesgo Entidad´.

Lo expuesto surge de las Resoluciones de la Unidad de Información Financiera (UIF) aplicables a los citados sectores, la Resolución UIF 30-E/2017 y la Resolución UIF 21/2018, ambas adecuadas por la Resolución UIF 156/18, y la reciente Resolución UIF 76/19.

Por su parte, las entidades del sector asegurador que se indican en la Resolución UIF 28/2018 ( adecuada por la Resolución UIF 156/18) deberán completar su Matriz de Riesgo Entidad antes del 31 de mayo próximo.

Concretamente el artículo 4° de las citadas resoluciones de la UIF establece que Los resultados de la aplicación de la metodología, constarán en un informe técnico elaborado por el Oficial de Cumplimiento, el cual deberá cumplir con los siguientes requisitos:

• Contar con la aprobación del órgano de administración o máxima autoridad de la Entidad.

• Conservarse, conjuntamente con la metodología y la documentación e información que lo sustente, en el domicilio de registración ante la UIF.

• Ser actualizado anualmente.

• Ser enviado a la UIF y al Banco Central de la República Argentina (BCRA)/Comisión Nacional de Valores (CNV) una vez aprobado, antes del 30 de abril de cada año calendario, (o a la Superintendencia de Seguros de la Nación, antes del 31 de mayo de cada año calendario)

Esta Matriz de Riesgo Entidad en materia de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, según se desprende de las regulaciones de la UIF, tiene por objeto que los sujetos obligados puedan ´determinar su perfil de riesgo, el nivel de exposición inherente y evaluar la efectividad de los controles implementados para mitigar los riesgos identificados en relación, como mínimo, a sus Clientes, productos y/o servicios, canales de distribución y zonas geográficas´.

Por tal motivo, efectuar una adecuada autoevaluación de los riesgos propios en materia de lavado de activos y financiamiento del terrorismo (LA y FT) configura un paso primordial para construir un adecuado sistema de prevención aplicando el denominado ´enfoque basado en riesgo´.

Es de destacar que en el actual contexto de medidas adoptadas por el Estado Nacional en relación al COVID-19, los organismos públicos están reconfigurando las modalidades de presentación de la información, por lo que habrá que estar atento al uso de canales virtuales, tal como la Mesa de Entrada Virtual que posee la Unidad de Información Financiera.

Como síntesis, las entidades del sistema financiero, así como los agentes del mercado de capitales y los operadores del sistema de tarjetas de crédito y compra deberán, durante el mes de abril, concluir sus ejercicios de autoevaluación de riesgos de LA y FT, elaborar un Informe Técnico del Oficial de Cumplimiento y contar con la aprobación del mismo por parte del Directorio. Durante el mes de mayo, el mismo escenario tendrán por delante las entidades del mercado asegurador.

Mg. Guillermo Zocco Vidal

Presidente de FIDESnet

www.fidesnet.com.ar