AUTOEVALUACIÓN DE RIESGOS DE LA/FT 2020

I. NUEVA RONDA DE PRESENTACION DE LA AUTOEVALUACION DE RIESGOS DE LA/FT EN 2020

En el año 2020 se producirá una nueva ronda de presentación de los Informes Técnicos de los Oficiales de Cumplimiento y de las Matrices de Autoevaluación de Riesgos a la Unidad de Información Financiera (UIF), correspondientes a los sujetos obligados nominados por este regulador para cumplir con dicha responsabilidad.

Veamos como son las obligaciones para cada uno de los sujetos obligados:

• Tercera ronda de presentación para las entidades bancarias.

• Segunda instancia de presentación para las entidades cambiarias, dado que la normativa estableció un tratamiento diferencial para las mismas pudiendo realizar su autoevaluación de riesgos cada 2 años.

• Segunda ronda para las compañías aseguradoras que comercialicen seguros de vida con ahorro y retiro. Para el resto de las compañías la obligación es de carácter bienal.

• Los intermediarios de seguros con patrimonio elevado deberán observar el mismo criterio en atención a los tipos de seguros en los cuales intermedien, así como los mismos plazos mencionados en el punto anterior.

• Segunda instancia de presentación para los sujetos obligados del mercado de capitales.

La normativa estableció una excepción para los agentes de negociación citados en el art. 40 de la Res UIF 21/2018, que podrán realizar la autoevaluación de riesgos cada 2 años.

• Primera instancia de presentación al regulador para los Agregadores, Agrupadores o Facilitadores de Pagos.

• Primera ronda de presentación a la UIF para entidades nuevas, que hayan iniciado sus actividades durante 2019.

En el siguiente cuadro se exponen las fechas de vencimiento de la presentación del Informe Técnico del Oficial de Cumplimiento y de la Matriz de Autoevaluación de Riesgos a la UIF:

A efectos de la presentación a la UIF, y ante la inexistencia hasta la fecha de un régimen informativo electrónico, esta presentación se efectuará en papel por la mesa de entradas de dicho Organismo.

En forma complementaria, los sujetos obligados deben efectuar la presentación del Informe Técnico del Oficial de Cumplimiento y la Matriz de Autoevaluación de Riesgos de LA/FT a sus correspondientes Organismos de Regulación Primaria, de acuerdo a las disposiciones establecidas en forma particular por cada uno de ellos en sus normativas, según se expone seguidamente:

• BCRA: de acuerdo al Régimen Informativo establecido en las Com. “A” 6693 y “A” 6694 y modificatorias.

• CNV: de acuerdo a las disposiciones establecidas en la RG CNV 816, por medio de la Autopista de Información Financiera.

• SSN: de acuerdo al artículo 4 de la Res UIF 28/2018, y se envía a la SSN en forma electrónica mediante la plataforma TAD (Trámites a Distancia), mediante la opción “Presentar documentación a la Subgerencia de PLA/FT”.

Según la letra de la normativa de cada Sujeto Obligado, el Directorio de la Entidad debe aprobar previamente a su envío: (1) la metodología de Autoevaluación de Riesgos, (2) el Informe Técnico del Oficial de Cumplimiento y (3) la propia matriz de autoevaluación de riesgos, (4) la Declaración de tolerancia al riesgo y (5) el Plan de mitigación de riesgos, en caso de existir. Este último podría ser tratado por el Directorio en forma ulterior.

II. ¿QUE CONSECUENCIAS TIENE UN INCUMPLIMIENTO EN LA PRESENTACION DEL INFORME TECNICO DEL OFICIAL DE CUMPLIMIENTO Y LA MATRIZ DE AUTOEVALUACION DE RIESGOS A LA UIF?

Los incumplimientos de la presentación por mesa de entradas a la UIF antes de la fecha de vencimiento, en razones derivadas de la responsabilidad del Sujeto Obligado, le podrían caber las sanciones establecidas en el Capítulo IV “Régimen Penal Administrativo” de la Ley 25246 y modificatorias.

Asimismo, se le podrían aplicar las sanciones derivadas de la normativa específica de cada Organismo de Regulación Primaria, en este caso BCRA, SSN y CNV, por incumplimientos en la presentación de un régimen informativo electrónico.

III. IMPORTANCIA DE CONTAR CON UNA METODOLOGIA VIGOROSA DE AUTOEVALUACION DE RIESGOS DE LA/FT

Una metodología vigorosa de Autoevaluación de Riesgos de LA/FT debe contemplar la identificación y evaluación de riesgos del Sujeto Obligado de acuerdo con la naturaleza y la dimensión de su actividad comercial, considerando los diferentes factores de riesgo en cada una de sus líneas de negocio.

Dicha metodología debe permitir realizar una evaluación interna de los riesgos de LA/FT a fin de determinar el perfil de riesgo de la Entidad, el nivel de exposición inherente y evaluar la efectividad de los controles implementados para mitigar los riesgos identificados.

Esta metodología debe poder colaborar, entre otros, en los siguientes aspectos:

• Implementar una efectiva gestión de riesgos para la prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo.

• Asistir a la Dirección y la Gerencia en el efectivo manejo del riesgo de LA/FT y en el desarrollo de los controles internos;

• Orientar y adaptar la capacitación a determinadas áreas, servicios, productos, zonas, segmentos de clientes; y

• Servir de instrumento de medición para valorar los riesgos en forma dinámica.

Es recomendable que dicha metodología esté basada no solo en la normativa vigente en la República Argentina, sino que considere a los estándares internacionales en materia de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo.

La Metodología de Autoevaluación de Riesgos de LA/FT debe contemplar el análisis de los factores de riesgo a ser aplicados, realizar una descripción de los requerimientos normativos y/o estándares internacionales asociados a los mismos, exponer el nivel de riesgo inherente asignado a cada factor de riesgo determinado, evaluar la situación actual del Sujeto Obligado en cada uno de los factores de riesgo, evaluar los controles y/o mitigantes aplicados y su efectividad, determinar el nivel de riesgo residual de cada uno de los factores de riesgo, así como un nivel de riesgo residual general o global del Sujeto Obligado.

IV. FEEDBACK POR PARTE DEL REGULADOR

Durante el año 2019, en diversos foros y conferencias especializadas sobre la temática de la prevención del lavado de activos, funcionarios de la UIF han manifestado que dicha Unidad ha efectuado una revisión exhaustiva de la primera ronda de presentaciones de los Informes Técnicos de los Oficiales de Cumplimiento y de las Matrices de Autoevaluación de Riesgo de LA/FT presentadas por los Sujetos Obligados.

En ese sentido sería oportuno que dicho Organismo efectúe una publicación en su página web de un documento formal que contenga el feedback sobre dicho diagnóstico, el cual sería muy útil a efectos de tomar esas recomendaciones y enriquecer la metodología de identificación y evaluación de riesgos desarrollada por los Sujetos Obligados.

 

Mg. Andrés Kores

Socio de FIDESnet