Mg. Andrés Kores | Esta columna analiza el documento emitido por la FinCEN en el mes de mayo de 2020, en el cual se brinda una guía de situaciones y/o actividades inusuales vinculadas a los negocios originados en la coyuntura de la pandemia del COVID-19. | 06/07/2020
I. LA FinCEN
La Red de Control de Delitos Financieros (Financial Crimes Enforcement Network), conocida como FinCEN (por sus siglas en inglés) es un organismo de control dependiente del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos.
La FinCEN se creó formalmente en el año 1990 y actualmente su principal objetivo es proteger el sistema financiero del uso ilícito, combatir el lavado de activos y sus delitos relacionados, incluido el terrorismo, y promover la seguridad nacional a través del uso estratégico de las autoridades financieras y la recopilación, análisis y difusión de inteligencia financiera.
Esta agencia es el equivalente a una Unidad de Información Financiera.
II.LOS “ADVISORIES”
Como parte del cumplimiento de su misión de salvaguardar el sistema financiero y promover la seguridad nacional, la FinCEN, a través de su Programa de Asesoramiento para Instituciones Financieras, emite recomendaciones públicas y no públicas a las instituciones financieras sobre amenazas y vulnerabilidades de lavado de activos y/o financiamiento del terrorismo para protegerse contra tales amenazas.
Los “advisories” en general contienen tipologías de actividades ilícitas, alertas que facilitan el monitoreo y orientación sobre el cumplimiento de las regulaciones para abordar amenazas y vulnerabilidades. Las instituciones financieras pueden usar esta información para reforzar sus sistemas de monitoreo contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.
III. ALERTAS EN EL CONTEXTO DE LA PANDEMIA DEL COVID-19
El documento denominado “Advisory on Medical Scams Related to the Coronavirus Disease 2019 (COVID-19)”, es la primera herramienta de este tipo, que la FinCEN emite sobre delitos financieros relacionados con la pandemia del COVID-19.
El mismo tiene como objetivo asistir a las instituciones financieras a identificar las tipologías relacionadas con los fraudes y estafas vinculados a negocios originados en el contexto de la pandemia del COVID-19, y asimismo colaborar en la detección, prevención y reporte de las operaciones sospechosas asociadas.
En este documento se explicitan y se detallan 22 señales de alerta respecto a maniobras de fraude y estafas relacionadas con la pandemia del COVID-19.
La existencia de una señal de alerta no es exclusivamente indicativa de una actividad sospechosa, simplemente constituye una ejemplificación de ciertos aspectos y/o transacciones que podrían ser utilizados para el lavado de activos y/o la financiación del terrorismo.
Por lo cual los sujetos obligados deben considerarlos como una pauta a efectos de incrementar el análisis de la transacción y/o del cliente, y en consecuencia considerar otra información adicional y contextual, tal como la actividad financiera histórica de un cliente, si las transacciones están en línea con las prácticas comerciales vigentes, si el cliente exhibe múltiples indicadores, etc., antes determinar si una transacción puede ser catalogada como sospechosa.
A continuación, se exponen algunas de las señales de alerta recomendadas por la FinCEN, que podrían ser valoradas para su incorporación en los esquemas de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo, a nivel local, mientras transitemos la coyuntura de la pandemia del COVID-19:
• El cliente realiza transacciones relacionadas con la venta de suministros médicos a través de cuentas personales, lo que podría indicar que el mismo no posee las aprobaciones y/o licencias necesarias para efectuar dichas operaciones.
• A través de búsquedas realizadas en internet, se detecta que el comerciante podría estar vendiendo en su domicilio particular test para la detección de COVID-19, vacunas, tratamientos o curas para dicha enfermedad.
• Las imágenes de la marca de un producto, que se ofrecen en un sitio de ventas on-line, parecen ser ligeramente diferentes de las imágenes del producto legítimo, lo que puede indicar un producto falsificado.
• El comerciante anuncia la venta de productos muy solicitados relacionados con la pandemia del COVID-19, a precios muy reducidos o muy inflados.
• El comerciante parece no tener una amplia historia corporativa, por ejemplo, el negocio fue establecido en los últimos meses, carece de presencia física o dirección comercial. Adicionalmente, en el caso que el comerciante tenga una dirección, existen discrepancias significativas entre esa dirección y una búsqueda de registros públicos de la empresa o varias empresas en la misma dirección o el comerciante está ubicado en una jurisdicción de alto riesgo.
• El comerciante es reacio a proporcionar al cliente o la institución financiera que está procesando las transacciones, facturas u otra documentación respaldatoria de las operaciones.
• La institución financiera no comprende el modelo comercial del comerciante y tiene dificultad para determinar la verdadera naturaleza de la empresa y sus operaciones.
• El comerciante anuncia varios retrasos sospechosos y de última hora en el envío o la recepción de los bienes. Por ejemplo, el comerciante afirma que la mercadería fue incautada en el puerto o por las autoridades, que la aduana no ha liberado el envío, o que el envío está retrasado en un buque y no puede proporcionar ninguna información adicional sobre el buque al cliente o su institución financiera.
• El comerciante no puede explicar el origen de los bienes o cómo se adquirieron a granel productos muy solicitados relacionados con la pandemia del COVID-19.
• Un cliente comienza a usar sus cuentas personales para transacciones comerciales después de enero de 2020, y crea una empresa de suministros médicos o vende de manera on-line productos muy solicitados relacionados con la pandemia del COVID-19, tales como desinfectante para manos, barbijos, máscaras, productos de limpieza de desinfección, etc.
• Las cuentas del cliente reciben o envían transferencias electrónicas de fondos hacia / desde una empresa de reciente creación que no tiene presencia física conocida.
• El cliente realiza depósitos inusualmente grandes que son inconsistentes con el perfil del cliente o historial financiero de la cuenta. Tras un análisis adicional, el cliente indica que estaría vendiendo productos relacionados con la pandemia del COVID-19, que generalmente no vende.
En este contexto de pandemia los desafíos en materia de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo son significativos, por ello hay que valerse de todas las herramientas disponibles a nivel local e internacional, a efectos de alcanzar un adecuado sistema de gestión de riesgos de PLAyFT y un adecuado nivel de compliance.
Mg. Andrés Kores
Socio de FIDESnet